Los jueces de lo Social con criterios distintos sobre los ERTE COVID-19 en despachos de abogados

Según un Juzgado de lo Social de Zamora, en tanto en cuanto la actividad única de la empresa es la de asesoramiento legal y defensa jurídica, considerada como actividad esencial, no existe la posibilidad de realizar ERTE por fuerza mayor ante el impacto del COVID-19. En contraposición, otro Juzgado de lo Social de Burgos, reconoce la existencia de fuerza mayor a un abogado para la suspensión del contrato de su única empleada.
El TSJ Castilla y León, Sala de lo Social, concreta que la pérdida de actividad ante el parón judicial por el COVID-19 no justifica fuerza mayor, considerando necesario recurrir a un ERTE ETOP.

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