Flexibilización del acceso de los hosteleros a la prestación extraordinaria por suspensión de actividad

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha emitido un criterio suavizando los requisitos de acceso a la prestación extraordinaria por suspensión temporal de la actividad (art. 13 RDL 30/20202) para trabajadores autónomos de hostelería en las zonas en las que se ha decretado el cierre obligatorio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *