El Tribunal Supremo ha dispuesto que el retraso en la remisión del expediente al juez o presentación de la correspondiente denuncia ante el órgano competente del Ministerio Fiscal, por causas imputables a la Administración, no generará intereses de demora y, además, deberá la propia Administración minorar la cantidad de los intereses en la cantidad que corresponda a dicho período en la regularización que practique.
