La D.F 43ª de la LPGE 2021 regula una moratoria en el pago de cuotas a la Seguridad Social para empresas y autónomos que se encuentren al corriente de sus obligaciones y no tengan ningún otro aplazamiento en vigor.
En el caso de los trabajadores autónomos, la moratoria abarca las cuotas cuyo devengo corresponda a los meses de enero a marzo del 2021. Para las empresas, entre los meses de diciembre de 2020 y febrero de 2021.