Medidas para la protección de los trabajadores eventuales agrarios afectados por el descenso de actividad

Mediante la Ley 8/2020, de 16 de diciembre (BOE 17 de diciembre de 2020) se reduce a 20 del número de jornadas necesarias para el acceso al subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, así como a la renta agraria.
Además, se recuperan las medidas de conversión de contratos temporales de trabajadores eventuales agrarios en contratos indefinidos que incluye a los trabajadores fijos discontinuos, y se habilita a la ITSS para el control de los alojamientos y locales de descanso, ubicados fuera de los centros de trabajo o lugares donde se ejecuta la actividad laboral.

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