Las indemnizaciones por el «derecho de honor» están exentas en el IRPF

La Dirección General de Tributos ha emitido una consulta vinculante en donde establece que las indemnizaciones por intromisión ilegítima en el derecho de honor, por haber sido incorporado el contribuyente a un fichero de morosos en el que no debía constar, está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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