La AN permite a extracomunitarios no residentes deducirse gastos por arrendamiento de inmuebles en el IRNR

En una sentencia de finales de julio, avala que una residente en EE. UU. pueda deducirse en el IRNR los gastos previstos en la Ley del IRPF, siempre que estén relacionados directamente con los rendimientos obtenidos en España y que tengan un vínculo económico directo e indisociable con la actividad.

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