El TJUE se pronuncia sobre la exención de IVA en servicios de limpieza prestados por agrupaciones en el ámbito sanitario y educativo

El TJUE interpreta el art. 132.1.f) de la Directiva del IVA sobre exención a agrupaciones, servicios generales como la limpieza y riesgo de distorsión de la competencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *