La DGT aclara la diferencia entre servicio educativo en línea y servicio prestado por vía electrónica

La Dirección General de Tributos ha venido a determinar las diferencias que existen entre la prestación en línea de un servicio educativo y lo que se considera como un servicio prestado por vía electrónica con las implicaciones que esto tiene para la sujeción al IVA de ambas operaciones.

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