El TEAC establece que la reserva de nivelación no es una opción tributaria, sino un derecho del contribuyente

Como la decisión de aplicar la reserva de nivelación no es una opción tributaria ex artículo 119.3 LGT, aunque la autoliquidación se presente fuera del plazo reglamentario, debe entenderse que se está ejercitando válidamente ese derecho.

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