El TC, a pesar de existir un compromiso de la empresa con la representación de los trabajadores de que esas grabaciones no tendrían «en ningún caso como objetivo su utilización como un mecanismo disciplinario», valida la grabación sonora del comportamiento susceptible de ser sancionado como falta grave como prueba para justificar el despido.
Es la primera sentencia del Tribunal Constitucional sobre la utilización de las grabaciones sonoras en relación con la protección de datos.