Cuándo se presentan los impuestos trimestrales

Finaliza el verano, llego el otoño, y como cada trimestre, éste  junto con el de Enero suelen  ser especialmente duros para empresas y asesores ya que estamos obligados a cumplir con la Agencia Tributaria.

Los llamados impuestos “trimestrales” coinciden con los meses naturales del año. Es decir  los impuestos, a través de sus correspondientes modelos tributarios, se deben presentar en los cuatro trimestres en los que se divide el año.

Plazos de presentación de impuestos trimestrales

La presentación, y en su caso el pago,  de los conocidos como “impuestos trimestrales” se realiza en los veinte primeros días del mes siguiente. Es decir, que este mes de octubre empieza el plazo para presentar la liquidación trimestral de los meses de julio, agosto y septiembre.

Nuestras obligaciones fiscales deben cumplirse sí o sí, es decir tanto si tenemos que pagar impuestos, como si nuestros impuestos salen en negativo (por haber tenido más gastos que ingresos) o inclusive si no hemos tenido ningún ingreso, estamos obligados a informar a Hacienda sobre nuestra actividad económica.

INGRESOS DE UNA ACTIVIDAD

Los ingresos producto de la actividad económica de los trabajadores autónomos se declaran a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Dichos ingresos pueden declararse  a través de dos modalidades:

–       El Régimen de Estimación Directa, que  puede ser normal, o simplificada si el importe de la cifra de negocios de las actividades ejercidas el año anterior no han superado los 600.000 euros.

–        El Régimen de Estimación Objetiva o Módulos, éste es un régimen simplificado de tributación. A través del mismo se puede  gestionar la actividad económica de una forma más simple, de tal manera que el profesional ya sabrá lo que tiene que pagar antes de comenzar la actividad, porque la cifra se fija previamente en base a unas características y unos baremos concretos.

La principal diferencia entre el Régimen de Estimación Directa y el Régimen de Estimación Objetiva o Módulos  es la forma en la que se computan los ingresos. En el caso de la Estimación Directa la carga fiscal depende de los ingresos y gastos que se tengan. En la Estimación Objetiva no depende de ingresos y gastos sino que el cálculo de los beneficios se hace a través de una serie de indicadores o módulos relacionados con elementos del negocio como los metros cuadrados, consumo eléctrico o personal contratado.

Nuestra Asesoría, realizara todos los cálculos precisos para que usted elija el sistema que más se acomode a sus necesidades.

Las sociedades realizan la declaración de sus ingresos a través del IMPUESTO DE SOCIEDADES

DECLARACIONES O MODELOS TRIMESTRALES QUE DEBEN PRESENTAR UN AUTÓNOMO O UNA SOCIEDAD
  • SOCIEDADES/AUTONOMOS: Declaración trimestral del IVA, dicha declaración se realiza en el  modelo 303  y su pago y/o presentación se puede realizar desde el día 1 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si se sigue el Régimen de Estimación Objeta, Módulos, se deberá presentar la parte relativa al régimen simplificado de IVA en el modelo 303
  • SOCIEDADESDeclaración Trimestral de pagos fraccionados  en el modelo 202.
  • AUTÓNOMOS: Declaración trimestral del IRPF, dicha declaración se realiza en el modelo 130 si tributa por el Régimen de Estimación Directa o el modelo 131 si tributa por el Régimen de Estimación Objetiva o Módulos. Su pago y/o presentación se puede realizar desde el día 1 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.

Este modelo no es necesario que lo presenten  los  autónomos que realizando actividades económicas en el Régimen de Estimación Directa,   superan en más de un  70%  la cantidad de sus ingresos, procedentes de la actividad profesional, que se encuentran  sometidos a retención por IRPF o al pago del IVA. En dicho supuesto  los profesionales no estarán obligados a realizar esta liquidación.

  • SOCIEDADES/ AUTÓNOMOS: Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta en caso de haberlas efectuado.

1.   Si la sociedad o el autónomo tiene  trabajadores, o profesionales, contratados, deberán  presentar el modelo 111 con las retenciones efectuadas a trabajadores y profesionales

2.   También si  tienen alquilados locales u oficinas cuya factura incluya retención, vendrán obligados a presentar el modelo 115.

El plazo trimestral de los impuestos es desde el día 1 hasta el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.

También es importante que sepa que en caso de tener problemas de liquidez puede aplazar el pago de sus deudas (aunque no todas, pero eso será objeto de otro Artículo) con Hacienda.

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